Una empresa compró un inmueble en US$ 750.000 en Brazo Oriental y dos días después lo vendió a la Intendencia de Montevideo en una licitación en US$ 1.490.000, según un dictamen del Tribunal de Cuentas de la República que objetó dicha compra. Es decir, la empresa obtuvo una ganancia de US$ 740.000 en 48 horas.
La resolución del Tribunal de Cuentas, fechada el miércoles 22, sostiene que el proceso licitatorio se adecuó a lo dispuesto por el artículo 33 y siguientes del Texto Ordenado Ley de Contabilidad y Administración Financiera (Tocaf).
"Sin perjuicio de ello, el Pliego de Condiciones es en extremo detallista en cuanto a los requisitos que debe reunir como mínimo el inmueble a adquirir, incluyendo no solo ubicación y superficie sino además las especiales construcciones que deben existir en el mismo, al punto, por ejemplo, que se indica la cantidad de metros cuadrados que deben contar los servicios higiénicos y vestuarios", expresa el dictamen del Tribunal de Cuentas al que tuvo acceso El País.
La resolución expresa que "no constan" en el expediente informes técnicos previos que fundamenten la elección en el pliego de determinada zona de Montevideo para la ubicación del inmueble, así como las especiales características de las construcciones y metrajes que se requieren como mínimo. Tras reconocer que se presentó una única oferta que cumple con los requisitos mínimos del pliego de la Intendencia de Montevideo, el TCR dijo que se pronunció el Equipo Técnico Catastro y Avalúo y la Dirección Superior de la IM "sin fijar" un valor de tasación del inmueble.
El Equipo Técnico, dice el Tribunal, se limita a expresar que el precio ofertado es conveniente a los intereses departamentales y en ambos casos con la salvedad de que para realizar una tasación detallada es necesario contar con los planos a escala legible. "No consta (en el expediente) que se hubiera concurrido al inmueble para estimar su valor", agrega el Tribunal de Cuentas.
Advierte que el inmueble vendido a la Intendencia de Montevideo fue comprado por los únicos oferentes el 14 de diciembre de 2016, dos días antes de la fecha de apertura de ofertas, por US$ 750.000. La empresa que se presentó al llamado cotizó el inmueble en US$ 1.490.000. El Tribunal de Cuentas expresa que, en ninguno de los informes previos a la adjudicación, se tuvo en cuenta que la empresa había comprado el bien 48 horas antes de la apertura de las ofertas. Recuerda que la ley 9.515 establece que compete al intendente adquirir terrenos y edificios para oficinas o mandar construir edificios nuevos con acuerdo, en ambos casos, de la Junta Departamental. "No consta que se haya cumplido ese paso", dice la resolución.
Además de observar el gasto, el TCR denunciará el caso a la Junta por "no ajustarse" al principio de buena administración.
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